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5 puntos o más con la Norma de Revisión de Control de Calidad


A partir del 1 de enero de 2015, entró en vigor la nueva tabla de la Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC), antes Educación Profesional Continua (EPC). De la cual cabe destacar el cambio del nuevo cumplimiento de 5 puntos como mínimo en temas de ética, responsabilidades profesionales y de la NDPC. Queda bastante claro que, fácilmente, podemos cumplir con el nuevo puntaje si tomamos algún curso, conferencia, etc., en temas de ética o desarrollo profesional continuo.

Pero hoy quiero enfocarme en el tema de responsabilidades profesionales y a qué tipo de cursos o eventos podemos asistir para capacitarnos y obtener tal cumplimiento. Sin embargo, parece que podríamos estar olvidando algo, no menos importante, la Norma de Revisión de Control de Calidad (NRCC), con la cual podemos cumplir este requisito.

¿Qué es la Norma de Revisión de Control de Calidad?

La Norma de Control de Calidad (NCC) aplicable a las firmas de Contadores Públicos que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados, fue aprobada por la antigua Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría, en diciembre de 2008, y por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) en enero de 2009, señalando que esta normatividad se encuentra en concordancia con la NCC emitida por el International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) y fue aplicable a partir de enero de 2010.

La NCC establece requerimientos para que el desempeño del Contador Público, al llevar a cabo trabajos de auditoría y revisiones de información financiera o trabajos de atestiguamiento, se realicen de acuerdo con estándares internacionales, además de requerir el establecimiento de controles y programas que soporten la calidad del trabajo que desempeñan.

El objetivo de la NCC es establecer normas para permitir a las firmas, independientemente de su tamaño y número de socios, conformar un sistema de control de calidad que les proporcione una seguridad razonable de que la firma y su personal cumplen con las normas profesionales y con los requisitos regulatorios y legales, además de que los informes emitidos por los socios responsables de los trabajos, son apropiados en las circunstancias.

Por su parte, la Norma de Revisión del Sistema de Control de Calidad aplicable a las Firmas de Contadores Públicos que Desempeñan Auditorías y Revisiones de Información Financiera, Trabajos para Atestiguar y otros Servicios Relacionados (NRCC), fue aprobada por la Comisión Técnica de Calidad (CTC) en marzo de 2010, y por el CEN en mayo del mismo año y fue aplicable a partir de enero de 2011.

Para lograr lo anterior, el IMCP creó desde 2008 la Vicepresidencia de Calidad de la Práctica Profesional, así como la CTC, desde entonces han trabajado intensamente en diversas actividades relacionadas con el tema y, de manera especial, en la promoción y difusión de esta normatividad.

Por lo tanto, cualquiera de nosotros también puede dar también cumplimiento si asistimos a algún evento que se organice con este tema. Además del cumplimiento de nuestros respectivos puntos, nos estaremos preparando para las posibles revisiones.

Sabemos, ya de buena fuente, que el IMCP, por medio de la Comisión Administradora de Control de Calidad, está organizando un evento magno para la difusión de la Norma, así que estaremos atentos a ello.

También aprovecho la oportunidad para recordarles que ya salió el:

COMUNICADO 39/NRCC 2º RECORDATORIO MANIFESTACIÓN DE CUMPLIMIENTO 2015

Que dice así:

Estimado colega:

La Vicepresidencia de Calidad de la Práctica Profesional, presidida por el C.P.C. Francisco Álvarez Romero, lo exhorta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.04 de la Norma de Revisión de Control de Calidad (NRCC) a presentar a más tardar el 30 de junio del presente, la Manifestación de Cumplimiento 2015, en el sitio https://sistema-nrcc.imcp.org.mx

Adicionalmente, solicitamos realizar la actualización de los datos de su Firma derivada de la fusión, cambio de razón social, cambio de Responsable de Control de Calidad, etcétera.

Los formatos que debe requisitar para cumplir en tiempo y forma con esta obligación correspondiente al periodo enero-diciembre 2014, están disponibles en http://nrcc.imcp.org.mx/manifestacion-sobre-el-cumplimiento-para-firmas-inscritas/

Asimismo, se les recuerda que, en fecha próxima se continuarán las revisiones con base en el calendario establecido en el Reglamento Capítulo III.

Si tiene problemas para adjuntar su documentación o para realizar la actualización de sus datos, favor de comunicarse a los siguientes números telefónicos o bien, por correo electrónico: (55) 5267-6451 coordinador.nrcc@imcp.org.mx con la C.P Nallely Altamirano (55), o bien, al (55) 5267-6426 analista.nrcc@imcp.org.mx con la Lic. Esther Colín.

Nota importante: Para facilitar el proceso de actualización y envío de su información, se sugiere utilizar el programa Internet Explorer o Mozilla Firefox, debido a que por el momento está deshabilitado el uso de Google Chrome.

Sin más por el momento, reciba un afectuoso saludo.

Finalmente, al calce signan el Vicepresidente de Calidad de la Práctica Profesional; el Presidente de la Comisión Técnica de Calidad, y el Presidente de la Comisión Administradora de Calidad.

Por lo anterior, debemos estar al pendiente, pues este año cumpliremos con varias novedades.

México : C.P.C. Juan Manuel González Navarro/Presidente del Comité de Contadores y Auditores ACAMS Capítulo México/gmvsc@prodigy.net.mx

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