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Solicitud de suspensión de retenciones y pagos a cuenta + Formato con instrucciones


A partir del mes de enero de cada ejercicio gravable, los contribuyentes que perciban rentas de cuarta categoría que se encuentren sujetos a retenciones y/o pagos a cuenta, podrán solicitar la Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta exclusivamente vía SUNAT Virtual con su Clave SOL, utilizando el Formulario Virtual N° 1609, para lo cual el contribuyente seguirá el siguiente procedimiento:



1. Ingrese a SUNAT Virtual y seleccione la opción : Trámites, Consultas, Declaraciones Informativas

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2. Seleccione la opción Form 1609 Solicitud de Suspensión Retenciones de 4ta Categoría dentro del menú Otras declaraciones y solicitudes.
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3. Ingrese los datos solictados por el Formulario Virtual 1609 y seleccione Aceptar

4. Espere a que se procese la solicitud en línea e imprima la “Constancia de Autorización” de la suspensión.

4.1 Anote el número de operación que aparece en la constancia. Le será muy útil en caso necesite volver a imprimir una copia de la constancia.

4.2 Envíe la constancia a una dirección de correo electrónico para que pueda volver a consultarla, y de ser necesario, imprimirla nuevamente.



CONSULTA DE ESTADO DE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN



Si ya presentó una solicitud de suspensión puede consultarla en SUNAT Virtual, ingresando tu número de RUC y el número de orden de la operación que figura en la Constancia de Autorización obtenida al presentarla. 


CCCC

Por excepción, puedes solicitar la suspensión en las dependencias de la SUNAT a nivel nacional o en los Centros de Servicios al Contribuyente, solo en los siguientes casos:

a) Cuando su solicitud hubiera sido rechazada por el sistema al haber determinado que sus ingresos excedieron los límites establecidos para la suspensión, sin tomar en cuenta que la Administración omitió considerar ingresos, saldos a favor, pagos a cuenta o retenciones declaradas, así como declaraciones juradas originales o rectificatorias presentadas. Puede efectuar este trámite, siempre que no hayan transcurrido más de treinta (30) días calendarios desde la fecha del rechazo de la solicitud.

b) Cuando el servicio de SUNAT Virtual no se encuentre disponible. Para presentar la solicitud deberá utilizar un formato físico que se podrá obtener en SUNAT Virtual o en cualquiera de nuestras dependencias y Centro de Servicios al Contribuyente. De aprobarse su solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta se le otorgará una constancia de autorización provisional. Posteriormente, deberá regularizar la presentación de la solicitud a través de SUNAT Virtual.

Descargue el formato de suspensión con instrucciones – Ejercicio 2016 : 



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